
Agencia de Seguros
* Obstrucciones y/o roturas de la instalación del edificio asegurado.
* Inundaciones.
* Daños por congelamiento.
Cobertura de la pérdida por robo o incendio exclusivamente a: bolso, dinero en efectivo, anteojos, cosméticos-perfumes, teléfonos celulares/reproductor audio/multimedia, reembolso de llaves, gastos de movilidad o traslado.
Cobertura por Incendio, robo, hurto o accidente sobre equipos de audio, cámaras de video o fotográficas, sistemas de alarmas, DVR, cámaras de video vigilancia, DVD, Blue Ray, televisores, consolas de videojuegos, heladeras, freezers, lavarropas, hornos a microondas o eléctricos, lavavajillas, cavas para vinos, equipos de telefonía (excepto celulares), equipos de aire acondicionado tipo split unidad exterior e interior, computadora de escritorio (comprendiendo CPU, monitor, mouse, teclado), notebook, netbook, tablet, impresora, router modem, scanner, UPS y estabilizador de tensión.
Cobertura de los daños ocasionados por robo o tentativa de robo al edificio y/o contenido.
Cobertura de los daños materiales sufridos a paneles solares fotovoltaicos y/o termotanques solares. Contempla aquellos perjuicios ocasionados por cortocircuito y/o falla eléctrica, robo, granizo, helada, nieve, tempestad, vendaval y tornado.
- Daños materiales causados al edificio o contenido por fuego, rayo o explosión
- Vandalismo, malevolencia, tumulto popular, huelga, lock out, humo, impactos de aeronaves, impacto de vehículos terrestres, sus partes componentes y/o su carga transportada.
- Adicionales: Vendaval, Tornado, Ciclón, Huracán, Granizo y Terremoto.
También se cubre:
- La extinción del fuego, evitar o circunscribir la propagación del daño.
- La destrucción o demolición ordenada por autoridad competente, consecuenciales de fuego.
- Falta de suministro eléctrico a bienes refrigerados por más de 12 horas consecutivas.
- Gastos de limpieza o remoción de escombros.
- Gastos de alquiler.
- Gastos de mudanza o alquiler de mobiliario.
- Gastos por pérdida de alquileres.
- Gastos de salvamento o evacuación inevitable a causa del siniestro.
Robo o hurto del mobiliario que se halle en la vivienda asegurada y que sean de su propiedad o de los miembros de su familia que convivan con él.
Se indemnizará también:
- Los daños al edificio y al contenido ocasionados por robo o intento de robo.
- La pérdida exclusivamente sobre la vestimenta personal de su propiedad y de su grupo familiar conviviente, por robo o incendio en ocasión de viaje, en hoteles, casas o departamentos, en un período de estadía no mayor a 45 días consecutivos.
- Exclusivamente el robo o incendio de bienes ubicados en bauleras de edificios de propiedad horizontal, siempre que aquéllas cuenten con cerradura doble paleta o candado.
- Los gastos de reposición del D.N.I., pasaporte y/o carnet de conductor como consecuencia de un siniestro de robo o incendio dentro de la vivienda asegurada o en tránsito en todo el mundo.
- La pérdida exclusivamente por robo de bombas de agua y filtros para piscinas, con sus instalaciones, siempre que se encuentren ubicadas en forma fija en un recinto cerrado con cerradura o candado.
La Aseguradora se obliga mantener indemne al Asegurado en razón de la responsabilidad civil que surja de la violación del deber de no dañar a otro, en que incurra exclusivamente como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego y/o explosión.
Se indemnizará el reembolso de los gastos en que deba incurrir el Asegurado y/o su cónyuge y/o los familiares que convivan con él y/o cualquier otra persona que se encuentre circunstancialmente en la vivienda, exclusivamente por atención médica y/o farmacéutica de urgencia, ocasionada en forma accidental dentro de dicha vivienda.